Un Sistema simple, económico y eficiente ...

Factura, Boleta Electrónica y Tienda Online en una sola aplicación...



¿Quiere ser facturador Electrónico?

Comience a facilitar todos sus trámites..., nosotros realizamos el proceso por usted.

Factura

Aplicación 100% Web, ahorre tiempo y recursos. Cumpla con la normativa del SII y mantenga bajo control la gestión de su negocio.

Boleta

Obligatoria para todos los contribuyentes a partir de marzo de 2021; emita boletas ilimitadas de manera rápida y segura con Netfex.

Tienda

Plataforma que le permite aumentar sus ventas con presencia Online. Mantenga el inventario sincronizado en tiempo real.

Nuestra Propuesta

Gestione sus Ventas

Interfaz fácil de usar, haga sus ventas de manera rápida y eficiente, puede trabajar con codigos de barra o con los propios, cuenta además con distintos medios de pago y su respectivo cierre de caja e informes en línea

Organize sus Productos

La organización de sus productos por categorías y subcategorias le permiten hacer más eficiente la búqueda en la base de datos, tendrá un control total sobre su inventario, podrá además realizar despachos en forma ordenada de cualquiera de sus sucursales.

Administre sus Clientes

El manejo de sus clientes es muy sencillo, así como la cobranzas y abonos de sus documentos electrónicos, los cuales se envían automáticamente por correo electrónico en los formatos solicitados por el Sii

Emisión de documentos dte

El sistema emite, factura y boleta electrónica, notas de crédito y débito, guias de despacho, también cuenta con registro automatico de compras y ventas, así como la notificación de acuse de recibo en el Sii.

Gestione sus Ventas Online

Venda por la tienda las 24 horas y los 7 días de la semana, sólo preocupese de gestionar los pagos y realizar los despachos.

Beneficios

DTE

Sus documentos digitalizados siempre disponibles y seguros lo que permite una cobranza más fácil.

Ventas

Interfaz fácil y rápida, permite hacer ventas expeditas, elegir medio de pago, hacer descuentos, etc.

Compras

Permite la recepción automática de facturas electrónicas sincronizadas con el Sii. Emite ordenes de compra

Informes

Obtenga informes de todos los procesos a fin de llevar una data precisa y correcta del manejo de los elementos de su negocio.

Inventario

Mantenga en línea el control de stock. Minimice los tiempos y costos relacionados con el manejo de su inventario.

Cobranzas

Administre y mantenga en línea todas las actividades de cobranza a clientes e información en línea de próximos pagos.

Cotizaciones

Realice cotizaciones desde nuestro sistema, envíe por correo o imprima directamente. Transformelas en factura.

Despachos

Logística que minimiza los fallos desde la compra hasta la entrega del producto al cliente. Emite etiqueta para el envío.

Folios Caf

Administre los folios de todos sus documentos electrónicos del Sii, factura, boleta, guia de despachos, notas de crédito y débito.

100 % Web

Al ser una plataforma en la nube, puede trabajar desde cualquier lugar con acceso a Internet.

Seguridad

Información 100% segura de clientes, proveedores y productos, ¡en un sólo lugar !. Confidencialidad.

Información en tiempo real

Solo necesitas conexión a internet y tendrás el control de tu negocio en cualquier lugar donde estés..

Soporte

Nuestro equipo está disponible 24/7.

Video Tutoriales

Nuestro sistema trabaja con pantallas simples y rápidas, aprenda a usar nuestro sistema con estos videos.


Precios

En todos nuestros planes se incluye certificado digital por un año.

F.A.Q

Las preguntas frecuentes normativas han sido relacionadas al sitio del SII

  • ¿Quiénes pueden operar como emisores de Facturas Electrónicas?

    Todo contribuyente clasificado en la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que se inscriba con su Certificado Digital en el Sistema de Facturación Gratuito del SII o bien, que realice el proceso de certificación y autorización del SII para ser emisor electrónico, en el sitio Web del SII (www.sii.cl), utilizando una aplicación contratada o adquirida en el mercado que le permita facturar electrónicamente.

  • No, con la Factura Electrónica no desaparece la necesidad de imprimir los documentos tributarios, pues existen situaciones en que los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) requieren ser impresos. Por ejemplo: Si el receptor es no electrónico, el emisor deberá entregarle una representación impresa del documento electrónico para respaldar la operación. Si el receptor es electrónico, el emisor deberá entregarle, por medios electrónicos, un ejemplar del documento electrónico para los mismos fines, el cual deberá ser idéntico al documento enviado al SII. Cuando exista transporte de bienes corporales muebles, en vehículos destinados al transporte de carga, respaldado con un documento tributario electrónico, deberá generarse la representación impresa del DTE en dos ejemplares, los cuales deberán ser exhibidos a los funcionarios del SII cuando lo requieran durante el tránsito de las mercaderías, y uno de los ejemplares podrá ser retirado por éstos.

  • El tipo de archivo que llega una Factura Electrónica a un receptor puede adoptar las siguientes modalidades: a) Si el receptor está autorizado como "Receptor de Documentos Tributarios Electrónicos", los DTE´s deben ser generados, particularmente, en formato XML. b) Por su parte, si el receptor no está autorizado como "Receptor de Documentos Tributarios Electrónicos", la factura se le entregará impresa en papel normal, según los formatos y requisitos definidos por la Resolución Exenta N° 18, de 2003. Opcionalmente, el emisor de Documentos Tributarios Electrónicos y el receptor manual pueden concordar el envio del documento, que no sea de traslado, por medios electrónicos, según lo establecido en Resolución Exenta N° 11, de 2003. Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Normativa y Legislación, opción Resoluciones, Resolución N° 45 de 2003.

  • La Guía de Despacho Electrónica no puede ser modificada (está firmada digitalmente). Al momento de registrarse en el Libro de Guías Electrónico, es necesario dejar constancia de esta situación a nivel de detalle, en el campo 2. Frente a esta eventualidad, el emisor debe facturar la Guía de Despacho por el total y, posteriormente, emitir una Nota de Crédito por la diferencia no recibida por el comprador, según lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

  • Sí, una Nota de Crédito Electrónica puede rebajar, al mismo tiempo, varias Facturas Electrónicas o en papel, a nombre del mismo contribuyente, ya que no existe ninguna disposición legal o reglamentaria que impida la emisión de una nota de crédito por descuentos o bonificaciones otorgadas con posterioridad a la facturación, y que diga relación con una o más facturas, según lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

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